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Actualidad normativa

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Acta N°3, 8 y 12

Las neveras, refrigeradores, congeladores y ultracongeladores debido a su indicación de uso para la conservación y almacenamiento de sangre, fluidos o tejidos corporales, líquidos o gases son considerados dispositivos con clasificación de riesgo IIa, por ende, para su comercialización y uso en Colombia requieren de registro sanitario. 

Se excluyen de solicitar registro sanitario las neveras (incluidas las de transporte), refrigeradores, congeladores y ultracongeladores, cuya indicación de uso declarada por el fabricante sea para el almacenamiento de dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico In vitro, otros reactivos de uso In vitro, medicamentos y productos biológicos.

Asimismo, se excluyen del presente concepto las neveras utilizadas para el transporte de: sangre, fluidos o tejidos corporales, líquidos o gases, dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico In vitro, otros reactivos de uso In vitro, medicamentos y productos biológicos

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